Las plataformas de comercio electrónico que facilitan la venta de mercancías procedentes de fuera de la UE asumirían la responsabilidad como importadores de las formalidades aduaneras y del pago de los impuestos, según la reforma debatida en el pleno del Parlamento Europeo. El texto traslada estas obligaciones del comprador final al operador comercial e introduce sanciones progresivas para las infracciones sistemáticas. La votación final de los eurodiputados está programada para el 16 de septiembre.
En resumenLas plataformas que facilitan la venta de mercancías procedentes de fuera de la UE asumirían la responsabilidad de las formalidades aduaneras y del pago de los impuestos. El texto está pendiente de la votación final del Parlamento, programada para el 16 de septiembre.
Las multas por infracciones sistemáticas partirían del 1–4 % del valor de las importaciones de los últimos 12 meses. La repetición de las infracciones dentro del plazo previsto elevaría el intervalo al 3–6 %, junto con la pérdida de las facilidades aduaneras.
El derecho de aduana de 3 euros ya aplicable y la tasa de tramitación prevista por la reforma son medidas diferentes. Para esta última, la Comisión debe establecer el importe mediante un acto delegado.
La plataforma europea de datos aduaneros pasaría a ser obligatoria para los importadores de ventas a distancia a partir de julio de 2028. La ampliación general está prevista para marzo de 2034, en un sistema coordinado conjuntamente con la nueva autoridad aduanera de Lille.
La nueva definición de importador para las ventas a distancia abarca a la persona que suministra las mercancías o facilita la venta. Para las plataformas afectadas, el papel de intermediario ya no excluiría la responsabilidad aduanera. El Consejo presenta el cambio como una forma de identificar al operador responsable del cumplimiento de las formalidades y del pago de los impuestos cuando las mercancías se venden a consumidores de la Unión.
Las sanciones están vinculadas al valor de las mercancías importadas. Para una infracción sistemática, el texto prevé multas de entre el 1 % y el 4 % del valor total de las importaciones del operador en la UE durante los últimos 12 meses. Una nueva infracción sistemática constatada en los seis meses siguientes a la sanción elevaría el intervalo al 3–6 %. Por tanto, no se trata de una multa calculada sobre el volumen de negocios mundial ni de un límite aplicable automáticamente a cualquier error.
El operador también perdería las facilidades aduaneras concedidas por su condición de operador económico autorizado o de comerciante de confianza. Si las infracciones sistemáticas continúan después de la sanción agravada, el texto permite, en función de la gravedad, restringir temporalmente el acceso del operador a la interfaz en línea. El mecanismo pretende así tanto sancionar económicamente como limitar las ventajas de las que disfruta un comerciante que continúa infringiendo las normas.
La reforma debe distinguirse del derecho de aduana temporal de 3 euros, aplicable desde el 1 de julio de 2026 a los paquetes de menos de 150 euros enviados directamente a consumidores de la UE. Este se calcula para cada categoría arancelaria distinta del paquete, no para cada objeto físico. En el ejemplo del Consejo, una blusa de seda y dos de lana forman dos categorías y generan un derecho de 6 euros.
Por separado, el nuevo código prevé una tasa europea de tramitación para las mercancías vendidas a distancia. Esta cubriría costes como la verificación de datos, el análisis de riesgos, la infraestructura y los controles aduaneros, y el importe sería establecido por la Comisión mediante un acto delegado. El texto jurídico vincula la aplicación de la tasa al transcurso de diez días desde la entrada en vigor de dicho acto. Por consiguiente, la cantidad de 3 euros no representa el valor de esta tasa de tramitación.
El control de las importaciones se apoyaría en una plataforma europea común de datos aduaneros y en la nueva Autoridad Aduanera de la UE, con sede en Lille. La autoridad analizaría los datos para ayudar a las administraciones nacionales a identificar los envíos de alto riesgo y coordinar las prioridades de control. El acceso a información común es el componente mediante el cual la reforma intenta hacer más coherentes las verificaciones entre los Estados miembros.
La aplicación sería gradual. Los importadores de ventas a distancia deberían utilizar la plataforma de datos a partir del 1 de julio de 2028, mientras que la obligación general para los operadores que incluyan mercancías en un régimen aduanero se aplicaría a partir del 1 de marzo de 2034. Por tanto, la adopción de la reforma no significaría que todo el sistema informático y todos los nuevos procedimientos pasen a estar operativos de inmediato.
El Consejo de la Unión Europea aprobó el texto el 3 de septiembre, y el debate en el pleno del Parlamento tuvo lugar el 14 de septiembre. El expediente se encuentra en la fase de aprobación en segunda lectura por el Parlamento. Una vez concluido el procedimiento legislativo, el reglamento debe firmarse y publicarse en el Diario Oficial de la UE.
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