Mantener un papel para los automóviles con motores térmicos después de 2035 sigue siendo una propuesta que las instituciones europeas están examinando, no un cambio ya adoptado. El 20 de octubre de 2026, el expediente del Parlamento Europeo sobre la revisión de las normas de CO₂ para automóviles y furgonetas nuevos sigue a la espera de la decisión de la comisión competente. La Comisión Europea propone sustituir la reducción del 100% por un objetivo del 90%, acompañado de la compensación de las emisiones restantes. Mientras tanto, Francia y Alemania anunciaron el 16 de octubre una posición común a favor de una mayor flexibilidad y del apoyo a la producción europea.
En resumen
El objetivo vigente prevé una reducción del 100% de las emisiones de CO₂ de las flotas de automóviles y furgonetas nuevos a partir de 2035. La propuesta de la Comisión todavía no ha sustituido esta norma.
El proyecto permitiría una reducción del 90% en el tubo de escape, con créditos para compensar las emisiones restantes mediante acero de bajas emisiones producido en la UE y determinadas categorías de combustibles renovables.
Los porcentajes se refieren a las emisiones medias de las flotas nuevas. Una reducción del 90% no significa que el 10% de los automóviles vendidos pueda tener automáticamente cualquier motor térmico.
El reglamento sobre las flotas nuevas no obliga a desguazar en 2035 los automóviles ya matriculados ni prohíbe por sí mismo su circulación.
El Parlamento señala el 23 de noviembre como fecha orientativa para el pleno. Es una referencia del calendario, no una votación concluida ni una garantía de que la nueva legislación vaya a aprobarse entonces.
El cambio se propone en el paquete automovilístico presentado por la Comisión el 16 de diciembre de 2025. Para 2035, el proyecto modifica el objetivo europeo para las emisiones medias de los automóviles y furgonetas nuevos, fijándolo en una reducción del 90% respecto al objetivo de referencia de 2021. En la legislación vigente, el objetivo para ambas categorías es de 0 gramos de CO₂ por kilómetro, lo que corresponde a una reducción del 100%.
Las normas se aplican al nivel de la flota de vehículos nuevos del fabricante, con los mecanismos de cálculo y cooperación previstos en el reglamento. No establecen una cuota simple de automóviles de gasolina, diésel o eléctricos. La proporción de cada tecnología depende de las emisiones de los vehículos, de la composición de la flota y del cumplimiento de las demás condiciones. De un objetivo de reducción de emisiones no puede deducirse directamente cuántos automóviles con un determinado tipo de motor podrán venderse.
La propuesta también mantiene una obligación adicional para las emisiones restantes a partir de 2035. El fabricante debería cubrirlas mediante los créditos definidos en el proyecto. Los créditos para combustibles se calcularían en función de las cantidades elegibles introducidas en el mercado de la UE y de los ahorros de emisiones asociados. Los correspondientes al acero tendrían en cuenta la cantidad y la intensidad de las emisiones del acero de bajas emisiones producido en la UE y utilizado en los vehículos nuevos del fabricante.
El proyecto limita la contribución de los créditos para combustibles al equivalente del 3% del objetivo europeo de referencia de 2021, y la del acero al 7%. Estos límites se expresan en relación con el objetivo de emisiones, no con el número de automóviles. Las condiciones de elegibilidad y los métodos de cálculo son determinantes, por lo que la propuesta no equivale a eliminar sin condiciones los últimos diez puntos porcentuales.
La Comisión explica que la nueva arquitectura permitiría un papel después de 2035 para los híbridos enchufables, los vehículos de autonomía extendida y determinados automóviles con motores de combustión interna, junto con los vehículos eléctricos y de hidrógeno. La posibilidad depende del cumplimiento de las normas y del mecanismo de compensación. El proyecto no concede a cada fabricante libertad para comercializar sin límites cualquier combinación de tecnologías.
Para los propietarios actuales, la distinción esencial es entre las normas aplicables a las nuevas matriculaciones y el uso del parque existente. El reglamento sobre las emisiones de las flotas nuevas no obliga al propietario de un automóvil ya matriculado a desguazarlo o sustituirlo en 2035. Tampoco garantiza que cualquier automóvil pueda circular en cualquier lugar, con independencia de las normas nacionales o locales aplicables.
La declaración conjunta franco-alemana del 16 de octubre defiende combinar los objetivos de descarbonización con flexibilidad regulatoria e incentivos para la inversión, la investigación, la producción europea y unas cadenas de suministro resilientes. Es la posición política de dos gobiernos, sin el efecto jurídico de un reglamento adoptado por el Parlamento y el Consejo.
El debate sobre las emisiones se cruza con la propuesta de reglamento para acelerar la industria, presentada el 4 de marzo de 2026. Esta incluye criterios sobre el origen europeo en determinadas adquisiciones públicas y formas de apoyo, también para los vehículos. Las condiciones influirían en el acceso a las medidas públicas previstas. No representa una prohibición general de importar automóviles fabricados fuera de la UE.
El paquete de la Comisión también propone ajustes antes de 2035. Los fabricantes podrían compensar su rendimiento en materia de emisiones durante el periodo 2030–2032, el objetivo de reducción para las furgonetas nuevas en 2030 bajaría del 50% al 40% y los automóviles eléctricos pequeños producidos en la UE recibirían un trato favorable en el cálculo de las emisiones de la flota. Estas medidas propuestas son distintas de la flexibilidad para 2025–2027, ya adoptada en junio de 2025.
En el Parlamento, la comisión responsable del expediente sobre las normas de CO₂ es ENVI, de Medio Ambiente, Clima y Seguridad Alimentaria. El ponente es el eurodiputado italiano Massimiliano Salini, del Partido Popular Europeo. El registro legislativo indica el 23 de noviembre de 2026 como fecha orientativa del examen en el pleno, mientras que la situación actual sigue siendo la espera de la decisión de la comisión. La adopción de las modificaciones requiere el acuerdo del Parlamento y del Consejo, conforme al procedimiento legislativo ordinario.
Para compradores y fabricantes, el resultado determinará las condiciones en las que distintas tecnologías podrán entrar en el mercado de automóviles nuevos después de 2035. Hasta que se adopte una modificación, la referencia jurídica sigue siendo el objetivo de reducción del 100%. Ni la propuesta de la Comisión ni la declaración franco-alemana pueden considerarse una excepción ya disponible.
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