Los Estados de la UE podrán conceder reducciones de hasta el 75 % en las tasas de infraestructura y de utilización para determinados camiones y autobuses de bajas emisiones hasta el 30 de junio de 2031, según el acuerdo aprobado por el Parlamento Europeo. La aplicación del incentivo queda a discreción de los Estados, y el texto aún debe ser adoptado formalmente por el Consejo antes de convertirse en ley.
Los Estados miembros podrán reducir hasta un 75 % determinadas tasas de carretera para los camiones y autobuses de bajas emisiones hasta el 30 de junio de 2031, después de que el Parlamento Europeo aprobara el miércoles el acuerdo negociado con el Consejo sobre la modificación de las normas de la UE relativas a la tarificación de los vehículos pesados. El texto recibió el apoyo de 475 votos a favor, 96 en contra y 70 abstenciones, pero aún requiere la adopción formal por parte del Consejo antes de que finalice el procedimiento legislativo.
En resumen
1.Los Estados podrán conceder reducciones de hasta el 75 % para los vehículos pesados de bajas emisiones hasta el 30 de junio de 2031.
2.A partir del 1 de julio de 2031, la reducción para esta categoría podrá alcanzar el 50 %.
3.Los vehículos pesados de cero emisiones podrán beneficiarse de exenciones de las tasas de infraestructura o de utilización hasta el 30 de junio de 2031 y de reducciones del 75 % posteriormente.
4.La aplicación de estos incentivos seguirá siendo opcional para los Estados miembros, por lo que la votación no producirá automáticamente reducciones de las tasas en todos los países de la UE.
5.La introducción del impacto de los remolques en el cálculo de las tasas se ha aplazado hasta después de una evaluación de la Comisión que deberá realizarse antes del 30 de junio de 2029.
La medida amplía los incentivos disponibles para los vehículos pesados que emiten significativamente menos CO2 que los modelos de referencia de la misma categoría. En la legislación europea, un vehículo pesado de bajas emisiones es, en principio, un vehículo que no está clasificado como vehículo de cero emisiones y cuyas emisiones específicas de CO2 son inferiores a la mitad del nivel de referencia del subgrupo al que pertenece.
La reducción del 75 % no será obligatoria en toda la Unión. El acuerdo permite a los Estados que utilizan las facilidades previstas por el sistema europeo de tarificación ofrecer mayores incentivos para los vehículos de bajas emisiones, lo que significa que el nivel efectivo de las tasas seguirá dependiendo de las decisiones nacionales y de los sistemas de tarificación aplicados en las carreteras respectivas. La votación del Parlamento no introduce, por sí misma, una reducción automática de las tasas para los transportistas en un Estado miembro determinado.
Para los vehículos pesados de bajas emisiones, el acuerdo permite reducciones de hasta el 75 % hasta el 30 de junio de 2031. A partir de julio de 2031, los Estados podrán mantener una reducción de hasta el 50 %. El régimen debe diferenciarse del aplicable a los vehículos de cero emisiones, para los que la legislación permite la exención de las tasas de infraestructura o de utilización hasta finales de junio de 2031 y una reducción de hasta el 75 % después de esa fecha.
El cambio pretende aproximar el sistema de tarificación vial a los nuevos objetivos europeos relativos a las emisiones de CO2 de los camiones y autobuses. Las normas actuales clasifican los vehículos pesados en función de su rendimiento en materia de emisiones y establecen distintos niveles de reducción de las tasas. El acuerdo negociado por el Parlamento y el Consejo ofrece un incentivo adicional para la categoría de bajas emisiones en un periodo en el que la transición del transporte pesado hacia vehículos de cero emisiones avanza más lentamente de lo que habían previsto los colegisladores.
Los Estados dispondrán de un año para adaptar sus sistemas de tarificación vial a la nueva clasificación de los vehículos basada en las emisiones de CO2. Esto es relevante para las tasas de infraestructura y de utilización allí donde los Estados opten por cobrar a los vehículos por el uso de las carreteras, ya que la legislación de la UE no obliga a todos los países a introducir las mismas tasas ni los mismos niveles tarifarios.
Otra parte de la negociación se refirió a los remolques y semirremolques más eficientes. Estos pueden reducir el consumo y las emisiones del conjunto formado por el camión y el remolque mediante la aerodinámica, el peso y otras características técnicas, y la propuesta legislativa pretendía permitir que este rendimiento se reflejara en la clasificación utilizada para las tasas de carretera.
Sin embargo, los colegisladores decidieron no introducir por ahora este efecto en el sistema. El Parlamento y el Consejo alegaron dificultades de aplicación y la falta de una metodología suficientemente madura, y pidieron a la Comisión que evaluara las opciones antes del 30 de junio de 2029. Cualquier modificación posterior de la tarificación para recompensar a los remolques más eficientes dependerá del resultado de esta evaluación y de las medidas legislativas que se adopten posteriormente.
El expediente modifica la Directiva Euroviñeta y se tramita mediante el procedimiento legislativo ordinario. El acuerdo provisional entre los negociadores del Parlamento y del Consejo se había alcanzado el 30 de junio, y la Comisión de Transportes y Turismo lo aprobó posteriormente antes de la votación en el pleno.
Tras la votación del Parlamento del 7 de octubre, el Consejo debe adoptar formalmente el texto. Solo después de concluir esta etapa, de la firma y de la publicación del acto en el Diario Oficial las nuevas disposiciones podrán entrar en vigor de acuerdo con el calendario previsto por la directiva.
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