La consulta incluye las deducciones para los automóviles utilizados en la actividad económica y permanecerá abierta hasta el 4 de noviembre de 2026. La revisión parte de un sistema que ya grava, en determinadas condiciones, el margen de los comerciantes de bienes de segunda mano y en el que la destrucción de bienes puede afectar a la deducción del IVA.
La Comisión Europea solicita propuestas para adaptar el impuesto sobre el valor añadido a la economía circular, mediante una consulta que aborda la reventa de bienes, la destrucción de productos todavía utilizables y los automóviles utilizados en la actividad económica. La iniciativa prepara una posible modificación de la Directiva del IVA, con el objetivo declarado de apoyar los modelos de negocio circulares y la economía con bajas emisiones.
En resumen
1.La Comisión analiza tres ámbitos distintos, desde el tratamiento de los bienes de segunda mano y los productos destruidos hasta la deducción del IVA para los automóviles utilizados en la actividad económica. El objetivo declarado es adaptar la fiscalidad a la economía circular y con bajas emisiones.
2.Los comerciantes que cumplen los requisitos ya pueden aplicar el régimen del margen para determinados bienes de segunda mano. La elección también tiene efectos sobre la factura y sobre la posibilidad del comprador profesional de deducir el IVA.
3.En el caso de los bienes destruidos, el mantenimiento de la deducción del IVA depende de las condiciones aplicables. El Tribunal de Justicia exigió, en el caso examinado en 2023, la prueba de la destrucción y la pérdida objetiva de cualquier utilidad de los bienes para la actividad económica.
4.El plazo para presentar contribuciones es el 4 de noviembre de 2026. Se espera que la evaluación y el análisis de impacto se realicen a principios de 2027 y preparen una propuesta legislativa, sin que esta etapa modifique las obligaciones fiscales existentes.
Para los comerciantes de bienes de segunda mano, una de las normas ya existentes se refiere al importe sobre el que se calcula el IVA. El régimen especial del margen permite, cuando se cumplen las condiciones de aplicación, gravar el margen del comerciante en lugar del precio total de reventa. El sistema es obligatorio para los Estados miembros, mientras que su uso es opcional para los comerciantes que cumplen los requisitos.
La diferencia también tiene consecuencias para el comprador. La Administración tributaria neerlandesa explica el mecanismo mediante bienes como automóviles usados, ropa y libros comprados sin IVA. En el régimen del margen, el IVA no se indica por separado en la factura, y una empresa que compra el bien de este modo no puede deducir el impuesto correspondiente a la adquisición. El comerciante puede optar, para una venta, por el régimen normal, en cuyo caso aplica el IVA al precio de venta y lo indica en la factura.
En el caso de los bienes destruidos, el problema fiscal puede referirse al IVA que la empresa dedujo cuando los compró. El ajuste de la deducción implica recalcular ese derecho, lo que puede obligar a la empresa a devolver una parte del impuesto deducido. Precisamente una obligación de este tipo fue impugnada por el operador búlgaro de telecomunicaciones BTK, tras dar de baja determinados equipos y bienes que dejaron de ser aptos para su uso o venta. Algunos se vendieron como residuos y otros fueron destruidos o eliminados. El asunto fue examinado por el Tribunal de Justicia.
En la sentencia de 4 de mayo de 2023, el Tribunal de Justicia de la UE estableció que la destrucción voluntaria de determinados bienes dados de baja no exige ajustar la deducción si la destrucción queda debidamente probada o confirmada y los bienes han perdido objetivamente cualquier utilidad para la actividad económica de la empresa. Estas condiciones delimitan la solución del Tribunal. Sin embargo, la consulta actual también se refiere a la destrucción de productos todavía utilizables, por lo que su situación no puede tratarse automáticamente como idéntica a la del asunto de la sentencia. Sentencia del Tribunal.
En el caso de los automóviles utilizados en la actividad económica, la Comisión examina las normas de deducción del IVA. Estas establecen en qué condiciones puede recuperarse el impuesto soportado en las adquisiciones, en relación con el uso de los bienes para operaciones sujetas a imposición. Se trata de una cuestión distinta de la determinación del tipo de IVA aplicable a la venta de un automóvil; la consulta no concede a las empresas un nuevo porcentaje de deducción.
Las contribuciones pueden enviarse hasta el 4 de noviembre de 2026, también por parte de pymes, organizaciones empresariales, autoridades fiscales, investigadores y ciudadanos. La evaluación de las normas existentes y el análisis de impacto se llevan a cabo en paralelo y se espera que concluyan a principios de 2027. Los resultados servirán de base para una propuesta legislativa, por lo que este calendario se refiere a la preparación de las modificaciones, no a la aplicación de nuevos impuestos.
La Comisión sitúa la iniciativa en el marco de la preparación del futuro acto europeo sobre la economía circular. El marco común del IVA sigue aplicándose mediante las legislaciones nacionales, y los Estados miembros son responsables de la transposición y aplicación de la directiva en su territorio.
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