El informe de síntesis publicado por la Comisión muestra que los actores consultados piden reglas claras sobre los esquemas de tarificación del carbono reconocidos, el tratamiento de las reducciones y compensaciones, la prueba de pago, la conversión de divisas y la independencia de los verificadores. El acto de aplicación para la fase definitiva del CBAM se publicó en mayo de 2026 para cuatro semanas de retroalimentación pública.
La Comisión Europea ha publicado el informe de síntesis de la consulta sobre el precio del carbono pagado en países terceros y ha abierto para retroalimentación pública el acto de aplicación que establecerá cómo estos costos pueden reducir las obligaciones del CBAM en la fase definitiva del mecanismo.
En resumen
1. La Comisión publicó en mayo de 2026 el acto de aplicación sobre el precio del carbono pagado en países terceros, para cuatro semanas de retroalimentación pública.
2. La consulta lanzada el 28 de agosto de 2025 se centró en cómo los costos de carbono fuera de la UE pueden transformarse en una reducción de la obligación del CBAM.
3. La Comisión evaluó 158 respuestas, de las cuales el 76% provino de empresas y asociaciones empresariales.
4. Los temas principales fueron la elegibilidad de los esquemas de tarificación del carbono, el tratamiento de las compensaciones, la prueba de pago, la conversión de divisas y la acreditación de los verificadores.
5. Los encuestados pidieron reglas predecibles y verificables, pero tuvieron posiciones diferentes sobre la inclusión de créditos voluntarios, impuestos climáticos y sistemas nacionales de países terceros.
La Comisión Europea está preparando uno de los actos técnicos necesarios para la fase definitiva del Mecanismo de ajuste en frontera en función del carbono. El acto establecerá cómo un precio del carbono pagado en un país tercero puede deducirse de la obligación del CBAM debida a la importación en la Unión Europea.
La consulta pública fue lanzada el 28 de agosto de 2025, junto con otras dos convocatorias para contribuciones sobre la metodología de cálculo de emisiones y el ajuste para la asignación gratuita del EU ETS. La consulta analizada en el informe publicado por la Comisión se centró en los aspectos técnicos y administrativos del reconocimiento de los costos de carbono pagados fuera de la UE.
La Comisión se centró especialmente en tres temas prácticos: la prueba de pago del precio del carbono en el país de origen, la conversión de costos en euros y la elegibilidad de los verificadores externos que pueden certificar la información utilizada para la deducción de la obligación del CBAM.
El informe de síntesis evaluó 158 respuestas. De estas, 145 fueron contribuciones directas a la consulta sobre el precio del carbono pagado en países terceros, y el resto fueron respuestas relevantes provenientes de consultas conexas sobre asignaciones gratuitas y la metodología de cálculo de emisiones.
Las empresas y asociaciones empresariales representaron el 76% de las contribuciones. Las respuestas fueron casi equitativamente distribuidas entre actores de la UE, 54%, y actores de fuera de la Unión, 46%. Entre los encuestados de países terceros, las contribuciones significativas provinieron de China, Turquía y el Reino Unido.
La mayoría de las contribuciones sectoriales provinieron de la zona de las industrias afectadas por el CBAM en general, seguidas por el hierro y el acero, electricidad, aluminio y productos químicos-hidrógeno. El sector del hierro y el acero tuvo 36 respuestas, y la electricidad 15.
El primer tema principal fue la elegibilidad de los instrumentos de tarificación del carbono. Los encuestados apoyaron en general el reconocimiento de sistemas robustos de países terceros, como el UK ETS y el sistema nacional ETS de China, pero pidieron reglas claras sobre equivalencia y el tratamiento de impuestos, tasas, créditos u otros instrumentos climáticos.
Muchos encuestados sostuvieron que solo los costos reales, explícitos y verificables del carbono deberían poder ser deducidos. Advirtieron que la inclusión de impuestos no directamente relacionados con el carbono o costos compensados por subsidios podría debilitar el objetivo del CBAM.
Otros actores pidieron una definición más amplia del precio del carbono, que incluya costos climáticos soportados en el marco de regímenes fuera de la UE, incluidos ciertos impuestos sobre combustibles o electricidad, créditos de carbono o instrumentos voluntarios. Esta posición fue apoyada especialmente por algunos encuestados de países terceros.
Los créditos voluntarios y los mecanismos previstos en el artículo 6 del Acuerdo de París generaron opiniones diferentes. Algunos encuestados apoyaron su inclusión, si están regulados a nivel nacional, verificados y basados en estándares reconocidos internacionalmente. Otros advirtieron sobre los riesgos de doble contabilización, calidad incierta de los créditos y falta de integridad climática.
El segundo tema principal fue el tratamiento de las reducciones, compensaciones y subsidios. Los encuestados estuvieron en gran parte de acuerdo en que las reducciones no deben socavar los objetivos del CBAM. Muchos pidieron reglas explícitas para que cualquier descuento, compensación o exención otorgada en un país tercero sea tenida en cuenta al establecer el precio neto del carbono pagado.
El informe muestra una diferencia entre los encuestados de la UE y los de fuera de la Unión. Los actores de la UE apoyaron más frecuentemente la exclusión estricta de los descuentos del cálculo del precio reconocido. Más encuestados de países terceros pidieron la deducción completa de los costos de carbono pagados fuera de la UE.
El tercer tema fue la definición del precio efectivamente pagado. Los encuestados discutieron si este concepto debe interpretarse de manera restringida, es decir, solo para instrumentos directos como el ETS y los impuestos sobre el carbono, o de manera más amplia, para incluir también medidas indirectas, costos upstream o compensaciones.
Más actores pidieron la alineación de la metodología con los principios del EU ETS y la publicación de precios de referencia transparentes. El sector de la electricidad llamó la atención sobre la dificultad de demostrar el precio del carbono en las transacciones de electricidad, donde la energía se comercializa de forma anónima en bolsas y no puede ser rastreada físicamente después de entrar en la red.
La prueba de pago fue otro tema central. Los encuestados pidieron requisitos prácticos, creíbles y armonizados. Entre los documentos mencionados como posibles pruebas se encuentran recibos emitidos por autoridades públicas, facturas de servicios públicos y certificados reconocidos.
Más actores advirtieron que estándares demasiado complejos podrían aumentar la carga administrativa sin mejorar la precisión, especialmente para las pequeñas y medianas empresas y para las cadenas de suministro con muchos proveedores. Las propuestas incluyeron el uso de plantillas digitales, la carga de documentos en una sola vez en el portal del CBAM y su reutilización para declaraciones posteriores.
La conversión de divisas fue tratada como un elemento necesario para la aplicación uniforme de las deducciones. Los encuestados pidieron una metodología estandarizada, con reglas claras sobre los tipos de cambio, los períodos relevantes y la publicación regular de las tasas aplicables.
Otro tema fue la acreditación y la independencia de los verificadores. Los encuestados apoyaron requisitos estrictos, pero proporcionales, basados en estándares internacionales como ISO 14064 y el Protocolo GHG. Muchos pidieron que los verificadores de países terceros puedan ser reconocidos si cumplen con estándares internacionales, para evitar costos excesivos y barreras comerciales.
El informe registra preocupaciones sobre una posible limitación del reconocimiento solo a organismos acreditados en la UE. Varios encuestados apoyaron acuerdos de reconocimiento mutuo y el uso de estructuras nacionales de acreditación existentes, siempre que se cumplan criterios claros.
El problema de los sistemas nacionales de verificación fue planteado especialmente por encuestados del Reino Unido, Tailandia, Egipto, Japón, Serbia y Singapur. Estos pidieron un enfoque internacional inclusivo, para que los organismos de verificación acreditados en el país de origen puedan ser aceptados si cumplen con estándares reconocidos.
Los encuestados también discutieron los riesgos de fraude, clasificación incorrecta y elusión. Algunas contribuciones mencionaron posibles inconsistencias entre los códigos arancelarios y las clasificaciones económicas, así como el riesgo de fragmentación deliberada de las importaciones para evitar las obligaciones del CBAM.
La Comisión también identificó respuestas coordinadas. Entre ellas, operadores de transporte de electricidad de la UE, Reino Unido e Irlanda pidieron la conexión del EU ETS y el UK ETS y una posible exención temporal para las importaciones de electricidad del Reino Unido. EUROFER apoyó un enfoque conservador y verificable para la deducción de los precios de carbono pagados fuera de la UE y pidió que las reducciones directas o indirectas sean tenidas en cuenta en su totalidad.
El informe de síntesis no establece la forma final de las reglas, sino que centraliza las posiciones de los actores consultados. El acto de aplicación publicado en mayo de 2026 para cuatro semanas de retroalimentación pública representa la siguiente etapa en la preparación de la fase definitiva del CBAM.
El CBAM es el mecanismo mediante el cual la UE busca aplicar un costo del carbono sobre ciertas importaciones, para reflejar los costos climáticos soportados por los productores europeos en el marco del EU ETS y para reducir el riesgo de reubicación de emisiones de carbono.
La fase definitiva del CBAM requerirá reglas técnicas para calcular las emisiones incorporadas, el ajuste en función de las asignaciones gratuitas del EU ETS y el reconocimiento del eventual precio del carbono pagado en el país de origen.
Las reglas sobre el precio del carbono pagado en países terceros son importantes para evitar la doble imposición, pero también para prevenir deducciones que debilitarían el efecto del CBAM. Por ello, la metodología debe establecer qué instrumentos son elegibles, cómo se demuestra el pago, cómo se deducen las reducciones y subsidios y quién puede verificar la información proporcionada.
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