La Comisión Europea decidió el miércoles enviar a España al Tribunal de Justicia de la Unión Europea porque no ha transpuesto a su derecho nacional dos directivas distintas sobre el IVA, en un caso en el que el ejecutivo europeo solicita también la imposición de sanciones financieras. Según la Comisión, España es el único estado miembro que no ha notificado la transposición de estos actos hasta la fecha.
En resumen
La Comisión Europea ha enviado a España al TJUE por la no transposición de dos directivas sobre el IVA. El primer expediente se refiere al régimen del IVA aplicable a las pequeñas y medianas empresas. El segundo se refiere al lugar de prestación, a efectos del IVA, para ciertos servicios prestados virtualmente y al régimen especial para bienes de segunda mano, obras de arte, objetos de colección y antigüedades. La Comisión advierte que la falta de transposición puede generar doble imposición o no imposición y puede provocar distorsiones de la competencia. España no ha notificado las medidas de transposición ni siquiera después de las cartas de requerimiento y los dictámenes motivados de 2025.
La Comisión trata el caso como un expediente de aplicación de las normas del mercado interior en el ámbito del IVA. La apuesta es doble: el correcto funcionamiento del régimen para las PYMEs y la coherencia de las reglas aplicables a ciertos servicios prestados virtualmente, así como al mercado de bienes de segunda mano y obras de arte.
El primer expediente se refiere a la Directiva (UE) 2020/285 del Consejo, que introdujo cambios sustanciales en las normas del IVA aplicables a las pequeñas y medianas empresas y busca crear un régimen modernizado y simplificado para las PYMEs. La Directiva busca reducir los costos de cumplimiento del IVA para las PYMEs tanto a nivel nacional como a nivel de la Unión, reducir las distorsiones de la competencia, disminuir el efecto negativo de los umbrales y facilitar el cumplimiento de las empresas y la supervisión por parte de las administraciones fiscales.
La Comisión señala que España ha indicado que no tiene intención de aplicar la exención del IVA para las PYMEs prevista por la directiva, ya que la aplicación de esta exención es opcional para los estados miembros. Sin embargo, España debía transponer las disposiciones que permiten a las PYMEs establecidas en su territorio aplicar el régimen de exención en otros estados miembros. Para que una empresa establecida en España pueda beneficiarse de la exención en otro estado miembro, primero debe registrarse ante las autoridades españolas.
El segundo expediente se refiere a la Directiva (UE) 2022/542 del Consejo del 5 de abril de 2022, que modifica las directivas existentes sobre el IVA en lo que respecta a las tasas impositivas. La Directiva contiene varias disposiciones obligatorias relacionadas, por un lado, con el lugar de prestación, a efectos del IVA, para ciertos servicios cuando estos se transmiten o ponen a disposición en formato virtual y, por otro lado, con el régimen especial de IVA para bienes de segunda mano, obras de arte, objetos de colección y antigüedades.
La Comisión advierte que la falta de transposición de las normas sobre el lugar de prestación crea el riesgo de que se produzca una doble imposición o no imposición, ya que los otros 26 estados miembros han transpuesto la directiva y aplicarán reglas diferentes. Al mismo tiempo, la ausencia de transposición de las medidas relativas al régimen especial de IVA para bienes de segunda mano, obras de arte, objetos de colección y antigüedades es susceptible de provocar distorsiones de la competencia.
La cronología procesal indica un expediente de infracción que ha llegado a la etapa contenciosa. Todos los estados miembros estaban obligados a adoptar y comunicar las medidas nacionales necesarias para la transposición de las dos directivas antes del 31 de diciembre de 2024. Ante la falta de notificación por parte de España, la Comisión envió dos cartas de requerimiento el 31 de enero de 2025, seguidas de dictámenes motivados el 17 de julio de 2025. Según el ejecutivo europeo, España aún no ha notificado la transposición de las dos directivas.
En este contexto, la Comisión decidió enviar el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y solicitar la imposición de sanciones financieras. La decisión marca la transición del procedimiento de infracción a la fase judicial, en la que el Tribunal puede constatar el incumplimiento de las obligaciones y puede decidir sanciones.
El caso tiene relevancia para el funcionamiento del mercado interior, ya que el sistema del IVA es uno de los ámbitos más armonizados de la legislación europea. El régimen para las PYMEs busca reducir las cargas administrativas para las pequeñas empresas y facilitar su actividad transfronteriza. Las normas sobre los servicios prestados virtualmente y el régimen especial para bienes de segunda mano y obras de arte tienen el objetivo de prevenir la aplicación no uniforme del IVA en los estados miembros.
El hecho de que España sea el único estado miembro que no ha notificado la transposición de las dos directivas confiere al expediente una dimensión institucional importante. El envío al Tribunal de Justicia de la UE marca la etapa en la que la Comisión solicita no solo la constatación del incumplimiento de las obligaciones, sino también la aplicación de sanciones financieras.
Fuentes
Últimas noticias
12:50
12:49
12:39
12:34
12:33
Ver más noticias