El Tribunal Constitucional de Rumanía ha decidido, por mayoría de votos, que las disposiciones del art.11 párrafo (4) de la Ley-caducidad nr.153/2017, que limita los ingresos salariales de las personas con discapacidad al nivel de la indemnización mensual del vicealcalde, son inconstitucionales.
El Tribunal ha constatado que esta limitación genera discriminaciones entre las personas con discapacidad que reciben complementos y aquellas que no, contraviniendo el principio de igualdad en derechos previsto por la Constitución. La decisión del CCR subraya que el complemento del 15% para las personas con discapacidad debe calcularse y pagarse por separado, sin verse afectado por el límite salarial.
Así, los empleados con discapacidades en las alcaldías y consejos provinciales se beneficiarán de una protección social real, y las instituciones públicas están obligadas a revisar la forma de cálculo de los salarios de acuerdo con esta decisión.
La resolución es definitiva y de carácter general obligatorio, teniendo efectos inmediatos sobre los derechos salariales de las personas con discapacidad.
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