El Tribunal Constitucional de Rumanía decidió el martes, por unanimidad, que es inconstitucional la condición según la cual los altos funcionarios públicos y los funcionarios públicos de dirección deben cesar en sus relaciones de servicio antes de presentarse como candidatos a cargos de dignidad pública.
La CCR admitió la excepción de inconstitucionalidad y constató que las disposiciones del artículo 34, apartado (3), de la Ley 188/1999 sobre el Estatuto de los funcionarios públicos, en la forma anterior a la entrada en vigor de la Ley 156/2018, contradicen la Constitución.
Los jueces constitucionales establecieron que la medida vulnera las disposiciones relativas a la igualdad de derechos, el derecho a ser elegido y el derecho al trabajo. Según el Tribunal, la norma establecía una discriminación injustificada entre las categorías de funcionarios y desalentaba el ejercicio del derecho a presentarse como candidato.
La CCR también consideró que el cese de las relaciones de servicio no es proporcional al objetivo de garantizar la neutralidad de la función pública y no mantiene un equilibrio justo entre el interés público y el individual. El Tribunal señaló que existían soluciones legislativas menos restrictivas.
El órgano jurisdiccional precisó asimismo que el derecho a ser elegido representa la posibilidad de ocupar posteriormente un cargo público, no la garantía de obtenerlo, por lo que esta perspectiva no puede sustituir el derecho al trabajo.
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