El Tribunal Constitucional de Rumanía decidió que es constitucional la disposición de la Ley de la competencia que permite al Consejo de la Competencia utilizar información y documentos recopilados por otras autoridades e instituciones públicas. La decisión se dictó en un expediente relativo a sanciones por un total de 10,3 millones de leus impuestas, en 2018, a 13 empresas acusadas de haberse repartido contratos en licitaciones organizadas por Transgaz.
El Tribunal Constitucional rechazó la excepción de inconstitucionalidad planteada en el marco del proceso y confirmó que los documentos obtenidos legalmente por otras instituciones pueden utilizarse en las investigaciones del Consejo de la Competencia, en las condiciones previstas por la ley.
El caso se refiere a licitaciones organizadas por S.N.T.G.N. Transgaz S.A. Mediaș para la adjudicación de contratos de construcción de gasoductos de transporte de gas natural y de ejecución de obras relacionadas. Tras la investigación, la autoridad de competencia constató posibles infracciones de la legislación mediante el reparto de contratos y sancionó a las 13 empresas.
La resolución del Tribunal Constitucional mantiene el marco legal para la cooperación entre las instituciones del Estado en las investigaciones sobre prácticas anticompetitivas. La información recopilada durante actividades oficiales puede contribuir a identificar acuerdos entre empresas y posibles casos de manipulación de licitaciones públicas.
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