La Comisión Europea ha decidido llevar a Hungría ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por reglas que limitan los márgenes de precio en productos alimentarios y artículos de droguería. Bruselas dice que los techos del 10% para ciertos alimentos y del 15% para ciertos productos de droguería afectan principalmente a empresas fuera de Hungría, no permiten a los minoristas cubrir sus costos y pueden infringir la libertad de establecimiento y la Directiva de servicios.
La Comisión Europea ha decidido llevar a Hungría ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por restricciones sobre los márgenes de precio en la venta de ciertos productos alimentarios y artículos de droguería. Bruselas sostiene que las reglas húngaras afectan principalmente a empresas fuera de Hungría y pueden forzar a los minoristas a vender productos con pérdidas.
En resumen
La Comisión Europea lleva a Hungría ante el Tribunal de Justicia de la UE.
El caso se refiere a techos de margen del 10% para ciertos alimentos y del 15% para ciertos artículos de droguería.
La Comisión dice que los márgenes impuestos son demasiado bajos para que los minoristas puedan cubrir sus costos reales.
Bruselas considera que las medidas pueden discriminar a empresas fuera de Hungría y pueden infringir la libertad de establecimiento.
El procedimiento se refiere a dos casos: productos alimentarios y productos no alimentarios vendidos en droguerías.
Hungría introdujo en 2025 reglas nacionales que limitan la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta para ciertos productos. Para algunos alimentos, el margen máximo se estableció en el 10%, y para ciertos artículos de droguería en el 15%. La Comisión Europea dice que estos límites están muy por debajo de los costos reales del comercio minorista.
El problema no es solo el precio de compra del producto. Los minoristas pagan salarios, transporte, almacenamiento, alquileres, mantenimiento de las tiendas, servicios públicos, impuestos y otros costos operativos. La Comisión muestra que el margen medio de precio es de aproximadamente el 30% en el comercio alimentario y del 35% en el comercio de droguería, mientras que el beneficio real es mucho menor, alrededor del 3-4%.
Bruselas sostiene que Hungría confunde la diferencia entre el precio de aprovisionamiento y el precio de venta con el beneficio de las empresas. En realidad, de esta diferencia deben cubrirse los costos operativos. Si el margen máximo es demasiado bajo, los minoristas pueden terminar vendiendo con pérdidas.
Las reglas no solo imponen techos de margen. Los minoristas deben mantener también las cantidades de productos vendidos antes de la introducción del techo. La Comisión considera que esta combinación crea pérdidas para los operadores existentes y elimina los incentivos para nuevas empresas que podrían entrar en el mercado de Hungría.
Las medidas se introdujeron inicialmente como reglas temporales, pero las autoridades húngaras las han prorrogado varias veces. En mayo de 2026, se transfirieron a legislación permanente, mediante la modificación de la Ley de comercio de 2005.
La Comisión considera que las medidas pueden imponer requisitos discriminatorios y desproporcionados, infringiendo la Directiva de servicios y el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que garantiza la libertad de establecimiento. Esta libertad permite a las empresas de un estado miembro establecerse y llevar a cabo su actividad en otro estado miembro sin barreras injustificadas.
Para Bruselas, la apuesta es el acceso igual al mercado. Si un estado miembro impone reglas que afectan desproporcionadamente a las empresas extranjeras o hacen que la actividad económica sea poco atractiva, el mercado interno puede fragmentarse. La Comisión sostiene que las autoridades públicas deben respetar el trato igual y no restringir actividades económicas a menos que exista una justificación proporcional de interés público.
El caso tiene dos componentes. El primero se refiere a las restricciones para ciertos productos alimentarios vendidos por minoristas alimentarios, en el expediente INFR(2025)2052. El segundo se refiere a restricciones similares para ciertos productos no alimentarios vendidos en droguerías, en el expediente INFR(2025)2102.
La Comisión ha enviado a Hungría cartas de requerimiento en junio de 2025 y dictámenes motivados en diciembre de 2025. Dado que el ejecutivo europeo considera que Hungría continúa infringiendo el derecho de la UE, los expedientes ahora llegan al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
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