A partir del 1 de junio de 2026, la regla de "el primer día no pagado" en la licencia médica se corrige: permanece en vigor para la mayoría de los empleados, pero se introducen excepciones importantes para pacientes crónicos, oncológicos, casos graves y ciertos tipos de licencias, y la reducción se aplica una sola vez por episodio de enfermedad, no a cada nuevo certificado.
Contexto: de dónde surgió la necesidad de la excepción
La OUG 91/2025 introdujo, a partir del 1 de febrero de 2026, la regla general según la cual la indemnización por licencia médica se calcula reduciendo un día, es decir, el primer día ya no se paga para los certificados emitidos entre el 1 de febrero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027. El objetivo oficial fue reducir los abusos y las "licencias ficticias", sin embargo, la medida generó fuertes críticas por parte de los pacientes y de las organizaciones profesionales. A través de la Ley 64/2026, publicada en el Monitor Oficial el 15 de mayo y que aprueba con modificaciones la OUG 91/2025, se introducen excepciones y reglas más claras de cálculo, aplicables efectivamente a partir del 1 de junio de 2026.
Regla básica a partir del 1 de junio
Para los empleados comunes, la regla permanece: para los certificados de licencia médica emitidos en el período del 1 de febrero de 2026 al 31 de diciembre de 2027, la indemnización se calcula reduciendo un día. Prácticamente, en un episodio de enfermedad en el que se emite un solo certificado, el primer día sigue sin pagarse, con las excepciones introducidas por la nueva ley.
Un cambio importante es que, si para el mismo episodio de enfermedad se emiten varias licencias médicas sucesivas, sin interrupción, la reducción de un día se aplica una sola vez, no a cada certificado por separado. Esto significa que, por ejemplo, en tres certificados consecutivos para la misma afección, el paciente pierde la indemnización solo por un solo día, no por el primer día de cada nuevo certificado.
Quién no pierde el primer día - las excepciones esenciales
La Ley 64/2026 introduce categorías de pacientes y tipos de licencias para los cuales ya no se aplica la regla del primer día no pagado, es decir, se paga también el día 1 de la licencia. Las excepciones se aplican a los certificados emitidos a partir del 1 de junio de 2026.
Las principales categorías exceptuadas son:
Pacientes incluidos en los Programas Nacionales de Salud - lo que cubre, en práctica, a numerosos enfermos crónicos (incluidos oncológicos) tratados en estos programas.
Enfermos que se benefician de servicios médicos en régimen de hospitalización, tanto hospitalización continua como hospitalización de día.
Licencias médicas e indemnizaciones por maternidad.
Licencias médicas e indemnizaciones de riesgo maternal.
Licencias médicas para el cuidado del niño enfermo, reguladas por la OUG 158/2005.
Licencias médicas e indemnizaciones para el cuidado del paciente con afecciones oncológicas (el cuidador del paciente oncológico).
Para todas estas situaciones, la indemnización por licencia médica se calcula sin la reducción de un día, lo que en práctica significa que el primer día se paga íntegramente.
Cómo se refleja para los enfermos crónicos y oncológicos
Para los pacientes crónicos y oncológicos incluidos en los Programas Nacionales de Salud, el primer día de licencia médica será pagado a partir del 1 de junio. Esta categoría ha sido explícitamente indicada por el Ministerio de Salud y recogida en enmiendas, precisamente para proteger a las personas con afecciones graves, que necesitan controles y tratamientos repetidos.
Asimismo, los pacientes oncológicos hospitalizados (hospitalización de día o continua) y las personas que los cuidan en base a licencias especiales para el cuidado del paciente oncológico ya no pierden el primer día de indemnización. En práctica, esto significa que los episodios de tratamiento oncológico en el hospital o en el marco de los programas nacionales no serán penalizados financieramente por la falta de pago del primer día.
Para los "enfermos con afecciones graves continuas" mencionados en la Ley 399/2006, muchas de las situaciones ya se encuentran en el ámbito de los Programas Nacionales de Salud o de afecciones graves monitorizadas continuamente, caso en el que se benefician de las excepciones mencionadas anteriormente. Los detalles de la encuadre concreta dependen de las regulaciones de la Casa Nacional de Aseguramientos de Salud y de cómo los médicos completan los certificados (código de diagnóstico, código de indemnización).
Qué permanece sin cambios y qué más debe ser seguido
Para el resto de las licencias médicas comunes - por ejemplo, virus leves, episodios cortos de enfermedad en personas sin diagnóstico crónico grave - la regla permanece: el primer día no se paga, y la indemnización se calcula a partir del segundo día, aplicando una sola reducción de un día por episodio de enfermedad, si hay varios certificados sucesivos. La medida de "un día no pagado" seguirá aplicándose hasta el 31 de diciembre de 2027, el plazo previsto por la OUG 91/2025.
La Casa Nacional de Aseguramientos de Salud y las casas judejanas han comenzado a publicar instrucciones y aclaraciones sobre cómo completar los certificados y aplicar las nuevas excepciones, por lo que se espera que, en el próximo período, médicos, empleadores y pacientes reciban guías detalladas.
*****Síntesis realizada con la ayuda de un flujo de monitoreo de datos proporcionado por la plataforma de monitoreo de medios NewsVibe Rumania. El análisis, los datos y las imágenes presentadas han sido mejoradas con la ayuda de herramientas de Machine Learning y Artificial Intelligence.
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