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Bruselas, 13 de noviembre de 2025 – El Parlamento Europeo pide a la Comisión Europea que introduzca en la legislación europea medidas reforzadas contra la violencia de género, incluida el reconocimiento del feminicidio como un delito distinto, la definición de la violación basada en el consentimiento y la inclusión de la violencia de género en la lista de delitos europeos. Las solicitudes forman parte del informe adoptado por el pleno, que invita a la Comisión a presentar una estrategia ambiciosa para la igualdad de género 2026–2030.
El Parlamento Europeo solicita a la Comisión el reconocimiento del feminicidio como un delito separado en la legislación de la UE, definiéndolo como el asesinato de una mujer o niña por motivos relacionados con el género. El informe no detalla justificaciones adicionales, pero esta solicitud busca proporcionar un marco jurídico europeo que refleje la especificidad de este tipo de crimen. Actualmente, el feminicidio es tratado de manera diferente por los Estados miembros, siendo en la mayoría de los casos clasificado en la categoría general de homicidio.
Los eurodiputados piden una definición europea armonizada de la violación, basada en el consentimiento. En el informe, esta solicitud se formula a través de la necesidad de una “definición de la violación basada en el consentimiento”.
El Parlamento pide a la Comisión que presente al Consejo una propuesta para incluir la violencia de género en la lista de delitos europeos, junto con el terrorismo, la trata de personas o la ciberdelincuencia. El documento especifica que esta categoría debe ser tratada como un “delito especialmente grave a nivel de la UE, con una dimensión transfronteriza”.
El informe adoptado es un informe de iniciativa (INI), lo que significa que no modifica la legislación, pero establece la posición oficial del Parlamento y solicita formalmente a la Comisión que actúe en los ámbitos mencionados. De acuerdo con los procedimientos de la UE, la Comisión responderá por escrito y puede decidir si incluye las solicitudes en la futura Estrategia para la Igualdad de Género 2026–2030 o si inicia propuestas legislativas.
El informe fue redactado por Marko Vešligaj (S&D, Croacia), responsable de negociar el texto y presentarlo en el pleno. Tras la adopción, declaró: “Con la adopción de este informe, el Parlamento Europeo se sitúa firmemente del lado de todas las mujeres y niñas… es el momento de que actuemos y garantizamos igualdad, seguridad y libertad para todos los ciudadanos de la UE.”
Explicaciones de la redacción 2EU Para facilitar la comprensión de las medidas solicitadas por el Parlamento Europeo, la redacción 2EU ofrece a continuación una serie de explicaciones contextuales, que no forman parte de los documentos oficiales del Parlamento, pero son necesarias para aclarar las consecuencias jurídicas y políticas de estas solicitudes.
1. Sobre el reconocimiento del feminicidio como un delito distinto Definir el feminicidio en una categoría penal separada ayudaría a la recolección uniforme de datos a nivel de todos los Estados miembros, donde actualmente los casos son clasificados de manera diferente, la mayoría de las veces como homicidios generales. Una definición común podría facilitar la cooperación judicial entre Estados, permitir estadísticas comparables y apoyar el desarrollo de políticas de prevención adaptadas, en condiciones en las que los casos de violencia extrema contra las mujeres son subreportados o clasificados de manera no uniforme.
2. Sobre la definición de la violación basada en el consentimiento Una definición armonizada a nivel de la UE significa que la falta de consentimiento se convertiría en el criterio central, no la prueba de violencia física. En varios Estados miembros, la legislación aún se basa en criterios obsoletos, lo que lleva a situaciones en las que las víctimas que no pueden oponer resistencia física – debido al shock, inconsciencia, coerción psicológica o parálisis inducida por el miedo – no están adecuadamente protegidas. Una armonización a nivel europeo reduciría estas discrepancias y aseguraría un estándar mínimo común de protección.
3. Sobre la clasificación de la violencia de género como un crimen europeo (“eurocrimen”) Incluir la violencia de género en la lista de delitos de la UE proporcionaría a la Unión la base jurídica necesaria para adoptar legislación armonizada y obligatoria para todos los Estados miembros. Esta inclusión tiene como efecto la estandarización de sanciones, procedimientos de cooperación y medidas de protección. La violencia de género tiene componentes transfronterizos – como la trata de personas, abusos en línea y situaciones en las que las víctimas se desplazan entre Estados – lo que dificulta la intervención estrictamente a nivel nacional.
4. Sobre la naturaleza del informe y el procedimiento posterior El informe adoptado es uno de iniciativa (INI), lo que significa que no modifica la legislación, pero aumenta la presión política sobre la Comisión Europea. Aunque la Comisión no está obligada a implementar las solicitudes del Parlamento, debe responder por escrito y puede optar por incluir estas propuestas en la futura Estrategia de la UE para la Igualdad de Género 2026–2030. Normalmente, tales informes constituyen el punto de partida para posibles iniciativas legislativas, dependiendo de la viabilidad jurídica y el apoyo político de los Estados miembros.
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