Antes de la decisión del TEDH, el Tribunal Supremo de Casación y Justicia aplazó en varias ocasiones la resolución del expediente relativo a la obligación del Gobierno y del Ministerio de Finanzas de pagar los derechos salariales atrasados establecidos mediante resoluciones judiciales. La importancia financiera se estimó en aproximadamente 5.000 millones de lei, mientras que el plazo de ejecución establecido por el Tribunal de Apelación de Bucarest era de 10 días desde que la resolución adquiriera carácter firme, con penalizaciones del 1% por cada día de retraso y una multa diaria del 20% del salario mínimo bruto.
Asimismo, paralelamente al recurso, el Gobierno solicitó que se sometiera el asunto al Tribunal Constitucional y al TJUE, impugnando la posibilidad de que los tribunales impusieran asignaciones presupuestarias y sosteniendo que el presupuesto corresponde a las atribuciones del poder ejecutivo y legislativo. En una etapa anterior, el Tribunal Supremo indicó que el pago podía efectuarse bien de forma efectiva, bien mediante la emisión de títulos de valor con vencimiento posterior, y señaló que, para algunas deudas de cinco años de antigüedad, los accesorios podían representar una proporción muy elevada del importe principal.