Los rumanos que compran cigarrillos, tabaco o alcohol de otro estado de la Unión Europea ya no podrán utilizar los mismos límites destinados al consumo propio en cada viaje.
Según el Orden conjunto nº 1.613/956/2026, las cantidades se acumulan en períodos claros: 40 días para los productos de tabaco y un año para las bebidas alcohólicas. Así, el límite de 800 cigarrillos, equivalente a 40 paquetes, ya no puede considerarse automáticamente una nueva adquisición para consumo propio en cada viaje.
La nueva orden también establece un Registro electrónico de control de las introducciones ocasionales de productos sujetos a impuestos por parte de personas físicas, donde la ANAF y la Autoridad Aduanera Rumana registrarán las constataciones realizadas durante el control.
El cambio se dirige especialmente a los viajes repetidos a estados como Bulgaria para la compra de cigarrillos más baratos, y superar los límites en las condiciones en las que el transporte ya no puede considerarse para uso propio puede conllevar multas entre 20.000 y 100.000 lei y la confiscación de los productos sujetos a impuestos.
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