El Tribunal Constitucional ha decidido, por mayoría de votos, que la ley que modifica la OUG nr. 81/2021 sobre las intervenciones contra los osos es constitucional.
Esta establece un nivel de prevención de 859 ejemplares de oso pardo y un nivel de intervención de 110 ejemplares para los años 2026 y 2027, medida que se justifica por la necesidad de prevenir ataques a las personas y daños materiales. El Tribunal subrayó que la Directiva de Hábitats permite excepciones a la prohibición de captura de especies protegidas, incluido el oso pardo. La ley se ha elaborado sobre la base de datos científicos que indican una población de osos pardos excesivamente numerosa, y las soluciones alternativas no son suficientes.
La decisión es definitiva y de carácter general obligatorio, y el Parlamento tiene el derecho de establecer estas medidas. El Tribunal también rechazó los argumentos relacionados con la separación de poderes en el estado, afirmando que la regulación de la protección de especies no es exclusivamente competencia de las autoridades ejecutivas. Asimismo, se rechazó la crítica sobre la falta de una sanción por la eliminación de hembras con crías, considerando que el texto debe interpretarse junto con la legislación existente.
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