La Agencia para el Monitoreo y la Evaluación del Rendimiento de las Empresas Públicas (AMEPIP) sostiene que no bloquea el nombramiento de los miembros del Consejo de Administración de la Administración Nacional de Meteorología (ANM), sino que verifica el cumplimiento de las condiciones legales. Las precisiones se hicieron el miércoles, después de que la ministra interina de Medio Ambiente, Diana Buzoianu, afirmara que la falta de quórum impide las decisiones relativas a la dirección de la ANM.
El Consejo de Administración cuenta actualmente con dos miembros, de un total de cinco. El procedimiento para cubrir los otros tres puestos concluyó mediante el informe del 24 de marzo de 2026, y AMEPIP transmitió el dictamen conforme el 7 de abril. La Agencia constató que ningún candidato cumplía los requisitos para un puesto y que dos de los tres candidatos de la lista corta no eran independientes, aunque la ley exige que la mayoría de los administradores tenga dicha condición.
AMEPIP precisa que el Ministerio de Medio Ambiente tenía la posibilidad de nombrar a uno de los candidatos elegibles, mientras que la responsabilidad final por la legalidad de las designaciones corresponde a la autoridad tutelar.
En el caso de dos propuestas para mandatos provisionales, la agencia afirma que no se demostró una experiencia de al menos tres años en cargos directivos. La evaluación se centró exclusivamente en el criterio legal, no en las competencias profesionales o científicas.
La disputa tiene lugar en el contexto de la controversia relativa a las adquisiciones de la ANM. Diana Buzoianu pidió la dimisión de la dirección, después de un control relacionado con la compra de algunos productos de lujo, y anunció que informaría a los fiscales y al Tribunal de Cuentas. El nombramiento de los nuevos administradores continuará mediante un procedimiento basado en la Orden n.º 1297 del 22 de junio de 2026.
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