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La Orden ANAF n.º 828/2026 introduce, para las transacciones realizadas a partir de 2026, nuevas reglas sobre los precios de transferencia. Los cambios más importantes se refieren a la presentación anual del expediente por parte de los grandes contribuyentes, los umbrales de materialidad y el nivel de detalle de la documentación.
Los grandes contribuyentes presentarán el expediente a través del Espacio Privado Virtual, en un plazo de 30 días hábiles desde la fecha límite para presentar la declaración anual del impuesto sobre los beneficios. Si la documentación no se presenta dentro del plazo, deberá entregarse en un máximo de cinco días hábiles desde la solicitud de ANAF, en el marco de una inspección fiscal. Para los contribuyentes medianos y pequeños, el expediente seguirá estando disponible previa solicitud, en un plazo de entre 30 y 60 días.
Para los grandes contribuyentes, el umbral para los servicios baja a 100.000 euros, mientras que el correspondiente a los activos intangibles se sitúa en 250.000 euros. En el caso de los contribuyentes medianos y pequeños, aumentan los umbrales para la financiación, los activos intangibles y los activos tangibles, mientras que el correspondiente a los servicios se mantiene en 50.000 euros.
Las nuevas reglas exigen análisis funcionales más detallados, la justificación del método de cálculo, de la parte analizada y de la base de costes, así como una declaración bajo responsabilidad personal sobre la exactitud de la información. Por regla general, los estudios de comparabilidad deben abarcar tres años y documentar los criterios de búsqueda, las empresas comparables seleccionadas o rechazadas y los ajustes realizados. Se recomienda a las empresas revisar con antelación sus procesos internos y preparar la información necesaria.
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