En primavera del año 2023, los policías multaron un automóvil estacionado ilegalmente en una acera, a pesar de que su propietaria había fallecido en julio de 2020. El hermano de la mujer impugnó la multa, argumentando que su hermana no podía estacionar el coche en 2023, presentando el certificado de defunción como prueba.
El juzgado rechazó la solicitud de anulación de la multa, no por el fondo del asunto, sino por una cuestión procesal, argumentando que el hermano no tiene calidad procesal activa, ya que la multa estaba a nombre de la difunta. La decisión no es definitiva y puede ser apelada en un plazo de 30 días.
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