Según un comunicado del CCR, los jueces constitucionales, por unanimidad de votos, han admitido la excepción de inconstitucionalidad y han constatado que las disposiciones del art.32, primera frase de la Ley nº 350/2001 sobre la ordenación del territorio y el urbanismo, en su redacción anterior a la modificación por el art. I, punto 6 de la Ley 289/2006 para la modificación y complementación de la Ley nº 350/2001 sobre la ordenación del territorio y el urbanismo, son inconstitucionales.
El Tribunal Constitucional ha establecido que las disposiciones que permitían a las autoridades públicas locales aprobar excepciones a la documentación de urbanismo existente sin establecer criterios objetivos o garantías claras, no cumplen con los requisitos de calidad de la ley previstos en el art.1, párrafo (5) de la Constitución y afectan los principios de previsibilidad y seguridad jurídica.
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